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Actualice su empresa a las necesidades de la LOPD

 


La Protección de Datos de carácter personal ha cobrado especial relevancia en los últimos años ya que la Sociedad de la Información pone a disposición de empresas y usuarios instrumentos, medios y herramientas, cada vez más sofisticados, que permiten, no sólo acceder a los datos de carácter personal, sino hacer uso de los mismos para finalidades que el interesado puede desconocer, derivándose de ello un importante riesgo para la intimidad.

Para velar por el respeto a la intimidad de los usuarios, tanto la antigua LORTAD como la vigente LOPD, confían el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos a la Agencia de Protección de Datos (APD), entidad administrativa con potestad inspectora y sancionadora, entre otras.

Muchas de las empresas que hoy en día recaban datos personales desconocen sus obligaciones frente a los titulares de éstos, resultando imprescindible el estar perfectamente asesoradas, con el objeto de cumplir y respetar la normativa, aportando todo ello un valor añadido y ofreciendo mayores garantías a los usuarios, clientes u otro tipo de personas físicas, incluidas en los ficheros de proceso informático.

Arroba Soluciones Informáticas consciente de la problemática que surge en torno a los datos de carácter personal, presta un servicio integral a empresas, para cumplir con la normativa.

Desde Arroba Soluciones Informáticas , podemos realizar sin ningún tipo de compromiso para su empresa, un estudio previo de los trabajos a realizar para adaptar su negocio a la Ley de Protección de datos de carácter Personal.

Contacte con uno de nuestros asesores si desea más información sobre cómo adaptar su negocio a la ley de protección de datos a través de nuestro formulario de contacto.

 

 

Ley Orgánica Protección de Datos

 

Descubra en esta mini-guía qué responsabilidades tiene su empresa y qué servicios relacionados con la Protección de Datos le ofrece Arroba Soluciones Informáticas.

 

 

 

Ley Orgánica Protección de Datos: Legislación

 

* Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

* Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, Reglamento de medidas de Seguridad para los ficheros con datos de carácter personal.

* Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, Inscripción de Ficheros en la Agencia de Protección de Datos.

* Real Decreto 195/2000, de 11 de Febrero, establece el plazo para implantar las medidas de seguridad de los ficheros automatizados previstas por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de Junio.

De la citada Ley y Reales Decretos se desprenden dos obligaciones:

1. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos (Artº. 26.4).
2. Creación de un Plan de seguridad por parte del Responsable del fichero, y, en su, caso, el encargado del tratamiento para adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado (Artº. 9).

 

Ley Orgánica Protección de Datos: Niveles de Seguridad

 

El Real Decreto 994/99, de 11 de junio, en sus artículos 3º y 4º nos dice:

Artículo 3. - Niveles de seguridad:

Punto 1. - Las medidas de seguridad exigibles se clasifican en tres niveles: básico, medio y alto.

Punto 2. - Dichos niveles se establecen atendiendo a la naturaleza de la información tratada, en relación con la mayor o menor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

Artículo 4. - Aplicación de los niveles de seguridad:

Punto 1. - Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal deberán adoptar las medidas de seguridad calificadas de nivel básico.

Punto 2. - Los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros, deberán reunir, además de las medidas de nivel básico, las calificadas como de nivel medio.

Punto 3. - Los ficheros que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual así como los que contengan datos recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas deberán reunir, además de las medidas de nivel básico y medio, las calificadas como de nivel alto.

.

 

Ley Orgánica Protección de Datos: Infracciones y Sanciones

 

El incumplimiento de la Ley estará sujeto al régimen sancionador, estableciendo la Ley tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves.

* Leves. - Serán sancionadas con multa de 100.000 a 10.000.000 Ptas (601,01€ a 60.101,21€).

* Graves. - Serán sancionadas con multa de 10.000.000 a 50.000.000 Ptas (60.101,21€ a 300.506,05€).

* Muy graves. - Serán sancionadas con multa de 50.000.000 a 100.000.000 Ptas(300.506,05€ a 601.012,10€).

 

Ley Orgánica Protección de Datos: Servicios de Arroba Soluciones

 

Para poder adecuar la empresa a la Ley Orgánica 15/1999, se exponen a continuación los trabajos a realizar por Arroba Soluciones Informáticas .

En una primera visita el cliente, se procederá al nombramiento de un Administrador de sistemas informáticos y un responsable del Plan de Seguridad, que colaborarán en forma activa con Arroba Soluciones Informáticas .

Trabajo a realizar:
1. Inscripción de los ficheros.

* Si el cliente ya hubiera inscrito ficheros. Consultar la Agencia de Protección de Datos para comprobar los ficheros registrados.
* Cumplimentación de los documentos necesarios para la inscripción de los ficheros en la Agencia de Protección de Datos.
* Inscripción de los ficheros en la Agencia de Protección de Datos.

2. Creación del Plan de Seguridad.

* Proponer al cliente el nombramiento de un responsable de seguridad, tal y como marca el Artº. 15 del Real Decreto 994/99.
* Control de equipos conectados a una red.
* Relación y descripción de los ficheros (incluidos los temporales) y programas que manipulan los ficheros afectados.
* Confirmación de que hay contraseñas para diferenciar el acceso a los programas.
* Confirmación de que se borran los ficheros temporales.
* Confección de una relación de todas las personas o responsables de los departamentos que accedan a datos o recursos del conjunto de ficheros automatizados, así como las tareas que desarrollan.
* Documento de cambio periódico de contraseñas.
* Documento de cesión de datos a otra empresa.
* Documento de usuarios y recursos.
* Documento de confidencialidad y conocimiento de la Ley.
* Documento de registro de auditorias.
* Implantación de un sistema, inventario ubicación de las copias de seguridad.
* Política de usuario y permisos.
* Dar a conocer las normas de seguridad a todos los usuarios, así como las consecuencias del incumplimiento del plan.
* Antivirus y actualizaciones del mismo.
* ......................

 

Ley Orgánica Protección de Datos: Solicite información

 

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